Entre particulares

Para realizar un cambio de nombre se necesitan los documentos de identidad tanto de vendedor como de comprador en vigor y los PAPELES DEL VEHÍCULO (ficha técnica y permiso de circulación).

MUY IMPORTANTE NO SIRVEN FOTOGRAFÍAS DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD.

Se deben imprimir dos MANDATOS y un CONTRATO, un mandato para cada parte (vendedor y comprador), cada uno debe firmar en la parte de «El Mandante» y dejar la de «El Mandatario» vacía.

En el contrato deben firmar ambos en su respectiva zona, vendedor y comprador.

Si comprador o vendedor son menores, se necesita la firma del tutor legal en el mandato y contrato(el menor no debe firmar nada), el DNI tanto del menor como del tutor y el libro de familia.

Es muy importante cerciorarse de que el vehículo tenga el impuesto de circulación DEL AÑO ANTERIOR pagado, sino no se puede realizar el cambio de nombre. Si no lo tiene, debe de ir al ayuntamiento donde esté domiciliado el vehículo y pagarlo. Con el justificante de pago y la carta del ayuntamiento se puede hacer el cambio de nombre.

Tampoco se puede hacer el cambio de nombre si la ITV está DESFAVORABLE. Para poder hacer el cambio de nombre tiene que estar la ITV en vigor o también si está caducada.

Si el vehículo se financió al comprarlo, o tiene algún tipo de leasing, primero se ha de cancelar dicho préstamo. Para ello hay que ir a la entidad emisora y pedirles un CERTIFICADO DE CANCELACIÓN PARA EL REGISTRO DE BIENES MUEBLES que posteriormente hay que presentarlo en el registro para poder hacer el cambio de nombre. Si se dispone de dicho certificado se puede traer a nuestras oficinas y nosotros nos encargamos de gestionarlo.

Si vende una empresa

Es necesario un MANDATO firmado en la parte de «El Mandante» por el administrador de la misma. Además del CIF de la empresa y DNI del administrador. También una factura de venta de la empresa al particular o empresa compradora, con número de factura e IVA detallado.

MUY IMPORTANTE NO SIRVEN FOTOGRAFÍAS DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD.

También se debe informar del kilometraje exacto del vehículo para hacer el cambio.

Si compra una empresa

Al igual que si de dos particulares se tratase, hace falta un CONTRATO firmado por el vendedor y el administrador de la empresa compradora. También un MANDATO firmado por vendedor y otro MANDATO firmado por la empresa, cada uno en la parte de «El mandante».

Necesitamos DNI de vendedor y CIF de la empresa compradora junto con DNI del administrador de la empresa.

MUY IMPORTANTE NO SIRVEN FOTOGRAFÍAS DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD.

Si los documentos del vehículo se han perdido, entonces también necesitamos una DECLARACIÓN JURADA DE EXTRAVÍO firmada por el titular del vehículo, tanto si es particular como empresa (administrador).

Si proviene de una Herencia

Si el vehículo es de herencia, lo primero que hay que hacer es poner el vehículo a nombre del heredero.
Para ello necesitamos la herencia presentada en tributs, DONDE FIGURE CLARAMENTE EL VEHÍCULO Y EL O LOS HEREDEROS, el DNI del heredero, un MANDATO firmado en «el mandante» por el heredero, una DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDADfirmado por el mismo de que los documentos que aporta son correctos y cumplen con la normativa vigente y los impresos 650 y 660.
Si hubieran varios herederos es necesario un IMPRESO DE RENUNCIA firmado por los otros herederos a favor del que sea el nuevo propietario a causa de la ley de seguridad vial y sus DNIs.
Una vez el vehículo esté a su nombre entonces se puede proceder a un cambio de nombre normal entre particulares.

Ponte en CONTACTO con nosotros si quieres más información.